Lindano: colaboración, responsabilidad y ley

El Partido Aragonés ha registrado una iniciativa en las Cortes de Aragón, para reclamar que los rendimientos que obtenga la CHE de los aprovechamientos hidroeléctricos se destinen a la restitución económica y social de los municipios donde se generan esos aprovechamientos, así como a la restauración medioambiental, la modernización y eficiencia de regadíos y las necesidades energéticas de los servicios públicos de gestión del agua en la cuenca. Así, lo obliga la legislación vigente.

Igualmente, se vuelve a reiterar la exigencia de reclamar al Gobierno central, la continuidad de la colaboración presupuestaria para la ejecución de actuaciones pendientes en la descontaminación integral de los suelos afectados por los vertidos de INQUINOSA y se recuerda que la actividad de esta empresa se inició y desarrolló cuando las competencias las tenía la Administración General del Estado. Por ello, tras el protocolo firmado en 2007 entre el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, el Consejo de Ministros aprobó el 27 de junio de 2008 un convenio de colaboración para acometer actuaciones para la mejora de las aguas del río Gállego, con un coste de 28,6 millones de euros, para remediar la contaminación causada por la empresa INQUINOSA. También se creó una comisión de seguimiento de los trabajos de prevención, vigilancia y control hidrológicos, formada por el Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno de Aragón, la Confederación Hidrográfica del Ebro y el Ayuntamiento de Sabiñánigo. Esta es la tercera vez que el PAR reclama en sede parlamentaria en la actual legislatura que se retome ese convenio.

Se trata, en suma, junto con otras actuaciones ya en marcha, de actuar mediante la colaboración, con la responsabilidad que corresponde a cada administración y cumpliendo y aplicando la Ley para hacer frente eficazmente al grave problema que supone la contaminación de las aguas del Gállego por residuos de lindano. El objetivo es resolver cuanto antes ese problema, para los aragoneses afectados, para el río y el medio natural, y para siempre.

Todo ello, no puede obviar que es imperativo y justo que todas las obras de regulación dispongan de su correspondiente plan de restitución, de manera consensuada con el territorio y que ese plan se ejecute». Con esto, el PAR pide el cumplimiento estricto de lo previsto en la Ley de Aguas, el Plan Hidrológico de la Demarcación del Ebro y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en materia de restituciones territoriales.

Según la legislación vigente, la planificación hidrológica tiene como objetivo el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico, la satisfacción de las demandas de agua y el equilibrio del desarrollo territorial y sectorial. Estas premisas tienen especial relevancia en Aragón, una Comunidad Autónoma donde la puesta en valor sostenible del territorio pasa ineludiblemente ligada al agua.

La legislación y los títulos concesionales de los saltos hidroeléctricos fijan la obligación que tienen las empresas que explotan estas infraestructuras de ceder al organismo de cuenca a bajo coste el 25% de la energía producida o su pago equivalente. Los organismos de cuenca, la CHE, han de destinar estos ingresos -así como los de los saltos revertidos a la Administración- a fines de servicio público, en concreto a los objetivos fijados en el Plan de la Demarcación: restitución territorial, restauración ambiental, eficiencia y modernización de regadíos y necesidades energéticas para la gestión pública del agua de la Confederación y Comunidades de Usuarios como entidades de derecho público.

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